1. |
La Solicitud de Audiencia deberá hacerla el Farmacéutico Patrocinante en forma razonada ante el Departamento de Productos Naturales a través del correo electrónico productosnaturales@inhrr.gob.ve, con indicación del Nombre del Producto, Número de Solicitud. Por razonada se entiende: la expresión sucinta de los hechos y/o razones ténicas que se alegan para solicitar la audiencia.
NOTA: Se reserva la decisión de adjudicar o no la audiencia solicitada, ya que una vez evaluada la consulta y dependiendo de la complejidad de la misma pudiera ser respondida via correo electrónico. |
2. |
El Departamento de Productos Naturales dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la Solicitud, fijará la fecha, hora y lugar para realizar el acto. |
3. |
La Audiencia tendrá un máximo de 25 minutos. |
4. |
La Audiencia será otorgada para un número de solicitudes no mayor de dos (2) productos. |
5. |
El Farmacéutico(a) Patrocinante podrá estar acompañado de un máximo de dos (2) personas debidamente identificadas y relacionadas con los puntos a tratar. |
6. |
La Jefatura de la Departamento se reserva el derecho a designar el personal que estará presente en la audiencia. |
7. |
Solo se concederán audiencias para tratar asuntos relacionados con los oficios e informes de resultado de ensayo emitidos por los Departamentos y/o Secciones Evaluadoras de Productos Naturales. |
8. |
No se aceptarán audiencias en los siguientes casos: |
|
a) Que no cumplan con lo establecido en el punto 1 de eta Norma; |
|
b) Para consultar estados de evaluación de diferentes trámites. |
|
c) Tratar asuntos de aquellos productos, de los cuales aun no se halla introducido la solicitud para la evaluación integral correspondiente. |
9. |
No En caso de no asistencia a la fecha y hora fijada para la audiencia, el interesado deberá presentar una nueva Solicitud de Audiencia. |
10. |
De cada Audiencia se levantará la respectiva Acta que firmaran los presentes, el original queda en el expediente y la copia se entrgará al interesado. |